Artículo 672 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 672.- En el día, hora, lugar y sitio señalados en los edictos, el Juez pasará lista de postores presentados y concederá media hora, para admitir a los que de nuevo se presenten.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.