Artículo 833 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 833.- El vencido en un interdicto de retener, o de recuperar la posesión, puede hacer uso después del juicio plenario de posesión o del juicio reivindicatorio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.