Artículo 885 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 885.- Recibida la información, el Juez señalará día y hora para el deslinde y lo hará saber a los interesados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.