Artículo 103 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todas las resoluciones se notificarán a las partes; a los extraños al litigio, solo en el caso en que la resolución así lo exprese, determinándose en ella precisamente la materia u objeto de la diligencia y los nombres de las personas con quienes deba practicarse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.