Artículo 346 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Hay cosa juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria. Causan ejecutoria por ministerio de ley:
I. Las sentencias pronunciadas en juicios cuyo interés no exceda de 500 veces el salario mínimo.
II. Las sentencias de segunda instancia.
III. Las que diriman o resuelvan una competencia.
IV. Las demás que se declaren irrecurribles por prevención expresa de la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.