Artículo 467 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A un juicio seguido ante los tribunales, pueden venir uno o más terceros, siempre que tengan interés propio y distinto del actor o del demandado, en la materia del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.