Artículo 523 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si en el procedimiento se ven involucrados los derechos de niñas, niños o adolescentes, el juez debe citarlos para escuchar sus opiniones, siempre que estén en condiciones de formarse un juicio propio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.