Código de Proc. Familiares estatal

Artículo 204 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa

Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Con independencia de lo previsto en el artículo anterior, dentro de los cinco días siguientes al en que se hubiere acordado tener por contestada la demanda, podrá el actor solicitar al juez lleve a efecto la denuncia al tercero, cuando por la materia de la controversia ello resulte necesario para integrar debidamente la relación jurídica procesal. En tal caso, el actor podrá ampliar su demanda con relación a dicho tercero, debiendo acompañar a su denuncia las copias para el traslado a que alude este precepto.

Una vez que el llamado a comparecer lo haya hecho, se deberán observar, en su caso, las disposiciones relativas al nombramiento de un representante común.

Capítulo II De la Contestación de la Demanda y de la Reconvención

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 204 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 204 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa?

Con independencia de lo previsto en el artículo anterior, dentro de los cinco días siguientes al en que se hubiere acordado tener por contestada la demanda, podrá el actor solicitar al juez lleve a efecto la denuncia al…

¿Está vigente el artículo 204?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.