Artículo 335 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Concluida la recepción de las pruebas ofrecidas, se pondrán los autos a disposición de las partes, para que dentro del plazo común de seis días formulen alegatos.
Transcurrido el tiempo para alegar, de oficio o a petición de parte, se citará para oír sentencia, la que se dictará en ocho días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.