Artículo 509 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el inventario y avalúo se listarán los bienes señalándolos con toda precisión y claridad, en el orden siguiente:
I. Dinero efectivo;
II. Alhajas;
III. Efectos de comercio o de industria;
IV. Semovientes;
V. Frutos;
VI. Muebles;
VII. Bienes raíces;
VIII. Créditos, y IX. Los documentos, escrituras y papeles de importancia que se encuentren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.