Artículo 23 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los gastos comprenden las erogaciones legítimas y necesarias para preparar, iniciar, tramitar o concluir un procedimiento, con exclusión de las excesivas o superfluas a criterio del juez y de aquellas que la ley no reconoce, por contravenir disposición expresa.
Responsabilidad de las partes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.