Artículo 332 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son documentos privados los que no reúnen los requisitos previstos para los documentos públicos.
Compulsa de documentos privados
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.