Artículo 466 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El litigio presupone un conflicto de intereses, surgido antes y fuera del procedimiento familiar contencioso, entre quien afirma una pretensión y quien la niega.
Formas para alcanzar la solución del conflicto
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.