Artículo 583 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los títulos y acciones que se coticen en la bolsa de valores pueden avaluarse por informes de la misma. No es necesario tasar los bienes cuyos precios consten en instrumento público, si la fecha en que se otorgó está comprendida dentro del año inmediato anterior.
Inventario hecho por el albacea
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.