Artículo 623 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Iniciada la audiencia principal, en su caso, con la cuenta general de administración, el albacea debe presentar el proyecto de partición de los bienes en la forma establecida en el Código de Familia y con sujeción a este Código para tal efecto.
182 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE YUCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Última Ref. D. O.12-Junio-2015 Secretaría General del Poder Legislativo Unidad de Servicios Técnico-Legislativos Sentencia de adjudicación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.