Artículo 257 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 257. El actor es el sujeto activo de la relación jurídica material que pretende ser amparado por una norma legal. El demandado es el sujeto pasivo frente al cual se pretende hacer valer la relación jurídica material.
Características de la acción
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.