Artículo 127 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Situación de los niños y niñas durante la separación La o el juzgador determinará la situación de los niños y las niñas, atendiendo a las circunstancias del caso, tomando en cuenta las obligaciones alimenticias y demás señaladas en la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, así como las propuestas de los interesados, si las hubiere, quienes podrán designar de común acuerdo la persona que tendrá a su cargo la custodia de aquellos, pudiendo ser uno de ellos.
En ausencia de convenio, la o el juez resolverá la cuestión en los términos que juzgue más convenientes en interés de los niños y las niñas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.