Código de Proc. Familiares estatal

Artículo 15 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Uso de la tecnología La autoridad judicial competente podrá utilizar herramientas tecnológicas especializadas que faciliten la participación de niñas y niños en los procesos familiares, asegurando en todo momento la protección de sus derechos humanos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 15 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Uso de la tecnología La autoridad judicial competente podrá utilizar herramientas tecnológicas especializadas que faciliten la participación de niñas y niños en los procesos familiares, asegurando en todo momento la…

¿Está vigente el artículo 15?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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