Artículo 168 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Ejecución administrativa Decretado el divorcio, el tribunal mandará remitir copia de la resolución a la o el Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio y al que registró el nacimiento de los divorciados, así como a la Dirección Estatal del Registro Civil, para los efectos que se precisan en la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza.
SECCIÓN SEXTA Violencia familiar
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.