Artículo 216 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Documentos que deben acompañarse a la solicitud La solicitud deberá acompañarse del acta de nacimiento que justifique la minoridad.
Cuando no exista acta de nacimiento que compruebe tal estado, se requerirá que la autoridad judicial previamente lo declare.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.