Artículo 56 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Alimentos provisionales La o el juez fijará el importe de los alimentos provisionales, sin audiencia del deudor y mediante la información y prueba que estime necesarias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.