Artículo 261 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 261. Límite de conocimiento Dentro de este procedimiento no se resolverá sobre guarda y custodia definitiva, por lo que deberán dejarse a salvo los derechos de los interesados para que promuevan, en su caso, las acciones que correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.