Artículo 71 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 71. Objeto de la audiencia preparatoria La audiencia preparatoria tiene por objeto:
I. La exposición oral de las pretensiones de las partes.
II. La decisión sobre excepciones dilatorias opuestas, cuando ello sea posible.
III. El dictado de medidas cautelares.
IV. La formulación de propuestas de convenio total o parcial y, en su caso, su aprobación.
V. La sanción de los acuerdos probatorios y fijación de los puntos de debate.
VI. La admisión de pruebas.
VII. La determinación de fecha para la audiencia de juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.