Artículo 216 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 216.- El documento que un litigante presenta, prueba plenamente en su contra en todas sus partes, aún que el colitigante no lo reconozca.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.