Artículo 503 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 503.- Si del examen de la cuenta resultan motivos graves para sospechar de dolo, fraude o negligencia en el tutor, se iniciará desde luego, a petición de la parte interesada o del Ministerio Público, el incidente de separación del cargo, nombrándose un tutor interino, quedando en suspenso entre tanto el tutor definitivo, sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que hubiere incurrido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.