Artículo 145 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La orden de aprehensión y la de comparecencia que dicte el juez o tribunal se transcribirán inmediatamente al Ministerio Público, para su ejecución.
(ADICIONADO, P.O. 31 DE AGOSTO DE 1994)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.