Código de Proc. Penales estatal

Artículo 21 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cada diligencia se asentará en acta por separado. El inculpado, el ofendido, los peritos y los testigos firmarán al calce del acta en que consten las diligencias en que hayan tomado parte. Si no supieren firmar o no quisieren, se hará constar el motivo.

Si antes de que se pongan las firmas los comparecientes hicieren alguna modificación o rectificación, se hará constar inmediatamente, expresándose el motivo que dijeron tener para hacerla. Si fuere después, pero antes de retirarse los interesados, se asentará la modificación o rectificación en acta, que firmarán los que hayan intervenido en la diligencia.

CAPITULO III Despacho de los Negocios

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 21 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

Cada diligencia se asentará en acta por separado. El inculpado, el ofendido, los peritos y los testigos firmarán al calce del acta en que consten las diligencias en que hayan tomado parte. Si no supieren firmar o no…

¿Está vigente el artículo 21?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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