Artículo 295 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando el querellante no sepa escribir, o por cualquier motivo no formule su querella por escrito, el funcionario ante quien se queje tendrá la obligación de levantar el acta correspondiente, que comprenderá, además de los hechos motivo de la queja, los requisitos y datos a que se refiere el artículo anterior.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.