Código de Proc. Penales estatal

Artículo 400 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La parte que promueva una competencia, excitará por medio de un escrito en que exponga las razones legales en que la funde, la jurisdicción del juez que en su concepto sea el competente, pidiéndole que declare serlo y se avoque al conocimiento del negocio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 400 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

La parte que promueva una competencia, excitará por medio de un escrito en que exponga las razones legales en que la funde, la jurisdicción del juez que en su concepto sea el competente, pidiéndole que declare serlo y…

¿Está vigente el artículo 400?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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