Artículo 492 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La libertad bajo caución podrá pedirse en cualquier tiempo por el inculpado, por su defensor o por el legítimo responsable de aquél.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.