Artículo 530 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia se hará saber en el acto a las partes y se remitirá copia testimoniada al Ejecutivo del Estado, para su cumplimiento y publicación en el Periódico Oficial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.