Código de Proc. Penales estatal

Artículo 8 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En el segundo caso del artículo 6o., el Agente del Ministerio Público presentará al juez de los autos su promoción, en la que expresará los hechos y preceptos de derecho en que se funde para pedir la libertad del acusado.

(REFORMADO, P.O. 31 DE AGOSTO DE 1994)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 8 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

En el segundo caso del artículo 6o., el Agente del Ministerio Público presentará al juez de los autos su promoción, en la que expresará los hechos y preceptos de derecho en que se funde para pedir la libertad del…

¿Está vigente el artículo 8?

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