Código de Proc. Penales estatal

Artículo 373 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Actuación de la víctima Hasta quince días antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia de preparación del juicio, la víctima, por escrito, podrá:

a) Adherirse a la acusación del ministerio público, constituyéndose en acusadora coadyuvante;

b) Señalar los vicios formales del escrito de acusación y requerir su corrección;

c) Ofrecer los medios de prueba que estime necesaria para sustentar su acusación; y d) Concretar sus pretensiones, ofrecer prueba para el juicio oral y cuantificar el monto de los daños y perjuicios.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 373 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX?

Actuación de la víctima Hasta quince días antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia de preparación del juicio, la víctima, por escrito, podrá: a) Adherirse a la acusación del ministerio público,…

¿Está vigente el artículo 373?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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