Artículo 433 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Pronunciamiento sobre la reparación del daño Tanto en el caso de absolución como en el de condena deberá el tribunal pronunciarse sobre la reparación del daño.
Cuando la prueba producida no permita establecer con certeza el monto de la reparación del daño, el tribunal deberá condenar en abstracto para que se cuantifique en ejecución de sentencia.
Título Décimo Procedimientos Especiales Capítulo I Procedimiento Abreviado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.