Artículo 461 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Forma y contenido de la acusación particular La acusación particular será presentada, por escrito, personalmente o por mandatario con poder especial, y deberá expresar bajo pena de inadmisibilidad los mismos requisitos de la acusación previstos en este Código.
Se entregará al imputado, una copia del escrito y del poder.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.