Código de Proc. Penales estatal

Artículo 497 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Procedencia El recurso de revocación procederá contra las resoluciones que decidan sin sustanciación un trámite del proceso, a fin de que el mismo juez o tribunal que los dictó examine nuevamente la cuestión y dicte la resolución que corresponda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 497 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX?

Procedencia El recurso de revocación procederá contra las resoluciones que decidan sin sustanciación un trámite del proceso, a fin de que el mismo juez o tribunal que los dictó examine nuevamente la cuestión y dicte la…

¿Está vigente el artículo 497?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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