Artículo 500 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Reserva La interposición del recurso implica la reserva de recurrir en apelación, si fuera procedente.
Capítulo III Recurso de Apelación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.