Artículo 21 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 21. Aplicación de garantías del imputado.
La inobservancia de una regla de garantía establecida en favor del imputado, no podrá hacerse valer en su perjuicio.
Tampoco se podrá retrotraer el proceso a etapas anteriores, sobre la base de la violación de un principio o garantía previsto a favor del imputado, salvo cuando él lo consienta expresamente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.