Artículo 265 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 265. Reconocimiento de objeto.
Antes del reconocimiento de un objeto se invitará a la persona que deba reconocerlo a que lo describa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.