Artículo 434 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 434. Anulación.
El Tribunal competente podré anular la sentencia cuando resulte una absolución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.