Artículo 143 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Inhabilitación.
No podrán ser defensores:
I. los testigos del hecho;
II. Los coimputados; y III. Los condenados por el mismo hecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.