Artículo 182 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Terminación de la prisión preventiva.
La prisión preventiva finalizará cuando:
I. Nuevos elementos de juicio demuestren que no concurren los motivos que la fundaron o tornen conveniente su sustitución por otra medida;
(REFORMADA, P.O. 7 DE MAYO DE 2011)
II. Su duración exceda de veinticuatro meses; o III. Las condiciones personales del imputado se agraven de tal modo que la prisión preventiva se traduzca en un trato cruel, inhumano o degradante.
(REFORMADO, P.O. 7 DE MAYO DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.