Código de Proc. Penales estatal

Artículo 264 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Reconocimiento por fotografía.

Cuando sea necesario reconocer a una persona que no esté presente ni pueda ser presentada, su fotografía podrá exhibirse a quien deba efectuar el reconocimiento, junto con otras semejantes de distintas personas, observando en lo posible las reglas precedentes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 264 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila?

Reconocimiento por fotografía. Cuando sea necesario reconocer a una persona que no esté presente ni pueda ser presentada, su fotografía podrá exhibirse a quien deba efectuar el reconocimiento, junto con otras semejantes…

¿Está vigente el artículo 264?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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