Código de Proc. Penales estatal

Artículo 303 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Plazo de notificación.

Las promociones de la víctima u ofendido deberán ser notificadas de inmediato al defensor, a más tardar, cinco días antes de la realización de la audiencia intermedia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 303 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila?

Plazo de notificación. Las promociones de la víctima u ofendido deberán ser notificadas de inmediato al defensor, a más tardar, cinco días antes de la realización de la audiencia intermedia.

¿Está vigente el artículo 303?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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