Código de Proc. Penales estatal

Artículo 385 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Alegatos finales y lectura de sentencia.

Desahogadas las pruebas, las partes harán sus alegatos finales. Después de deliberar brevemente, el Tribunal procederá a manifestarse con respecto a la sanción a imponer al sentenciado y sobre la existencia del daño causado a la víctima u ofendido y su reparación. Asimismo, fijará las penas y se pronunciará sobre la eventual aplicación de alguna de las medidas alternativas a la pena de prisión o sobre su suspensión, e indicará en qué forma deberá, en su caso, repararse el daño, pudiendo aplicar el importe de las garantías reales o personales fijadas, para cubrirlo. En caso contrario, o cuando su importe no fuese suficiente para cubrir la reparación del daño, el plazo para solventar dicho pago no deberá exceder de tres meses. A continuación, el Tribunal procederá a dar lectura íntegra de la sentencia condenatoria.

TÍTULO NOVENO PROCEDIMIENTOS ESPECIALES CAPÍTULO I PRINCIPIO GENERAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 385 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua — Coahuila?

Alegatos finales y lectura de sentencia. Desahogadas las pruebas, las partes harán sus alegatos finales. Después de deliberar brevemente, el Tribunal procederá a manifestarse con respecto a la sanción a imponer al…

¿Está vigente el artículo 385?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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