Artículo 362 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 362.- Tramitación del sobreseimiento.- No se requerirá tramitación para decretar el sobreseimiento de oficio o a solicitud del Ministerio Público. En los demás casos se tramitará conforme a las reglas para los incidentes no especificados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.