Artículo 371 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 371.- Misión del jurado.- El jurado popular tiene la misión de resolver por medio de su veredicto, las cuestiones de hecho que con arreglo a la ley le someta el juez del proceso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.