Artículo 382 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 382.- Citación del jurado a la audiencia final.- La citación se hará por medio de cédula que contendrá:
I.- Lugar y fecha de la expedición;
II.- Objeto de la citación, para lo cual se mencionarán: nombre y apellidos de¡ acusado; delito por el que ha de ser juzgado y nombre y apellidos de la persona a quien se considera ofendida;
III.- Día, lugar y hora en que deba comparecer el jurado;
IV.- El apercibimiento; y, V.- Nombre y firma del funcionario que ordene la citación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.