Artículo 13 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las excepciones pueden tomarse en consideración de oficio.- El Tribunal, sin instancia de parte, debe tomar en consideración las excepciones materiales o procesales, siempre que los hechos que le sirvan de fundamento, se encuentren plenamente probados.
TITULO SEGUNDO AVERIGUACION PREVIA CAPITULO I INICIACION DE LA INDAGATORIA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.