Código de Proc. Penales estatal

Artículo 154 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Forma de las resoluciones.- Toda resolución judicial deberá ser fundada y motivada, consignarse por escrito y expresará el lugar y fecha en que se dicte; se redactará en forma clara, precisa y congruente con la promoción o actuación procesal que la origine; estará firmada por la autoridad de que dimane y por el secretario respectivo o testigos de asistencia.

Toda resolución deberá cumplirse y ejecutarse en sus términos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 154 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Forma de las resoluciones.- Toda resolución judicial deberá ser fundada y motivada, consignarse por escrito y expresará el lugar y fecha en que se dicte; se redactará en forma clara, precisa y congruente con la…

¿Está vigente el artículo 154?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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